lunes, 2 de julio de 2018

COOPERACIÓN INTERNACIONAL JUDICIAL


DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO


ASPECTOS GENERALES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO


TAREA 8


PROF. LIC. OMAR GARCIA


ARTURO MOSQUEDA MARTÍNEZ


LIC. DERECHO EJECUTIVA




DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

COOPERACIÓN JUDICIAL INTERNACIONAL
Constatando que el tratamiento diferenciado dispensado a la cooperación interjurisdiccional en cada Estado, constituye un serio obstáculo a la efectividad de la tutela judicial transnacional y procurando unificar reglas y criterios sobre el tema, se estima conveniente que la cooperación interjurisdiccional se rija de acuerdo a los siguientes principios que se enuncian a continuación (que fueran elaborados en el ámbito del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal) Cláusula de orden público internacional: no será admitida la cooperación que se refiera a actos contrarios a los principios fundamentales del Estado requerido o que sea susceptible de conducir a un resultado incompatible con esos principios; 2º) Respeto a las garantías del debido proceso legal en el estado requirente; 3º) Igualdad de tratamiento entre nacionales y extranjeros, residentes o no, tanto en el acceso a los tribunales cuanto en la tramitación de los procesos en los Estados requirente y requerido, asegurándose la gratuidad de la justicia a los necesitados ; 4º) No dependencia de la reciprocidad de tratamiento; 5º) Publicidad procesal, excepto en los casos de secreto previstos en la ley del Estado requirente o del Estado requerido; 6º) Traducción y forma libres para los actos y documentos necesarios para la prestación jurisdiccional transnacional, incluyéndose los medios electrónicos y la videoconferencia; 7º) Existencia de una autoridad central para la recepción y transmisión de los pedidos de cooperación, sujetos los mismos a la convalidación de la recepción o transmisión cuando no hayan sido transmitidos mediante dicha Autoridad; 8º) Espontaneidad en la transmisión de informaciones a las autoridades del estado requirente. 9º) Desarrollo de las comunicaciones judiciales directas.
II – PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN LA MATERIA Como paliativo a las dificultades que se producen -en materia de cooperación jurídica internacional- por las diferencias existentes entre las legislaciones vigentes en cada uno de los países que componen la Cumbre Judicial Iberoamericana, se resalta la armonización forjada a través de los instrumentos internacionales multilaterales.
III- REGLAS DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE EXHORTOS INTERNACIONALES A fin de mejorar los tiempos de respuesta de las peticiones de información y rogatorias internacionales; y a los efectos de superar excesivos formalismos que dificultan el acceso oportuno a la información transnacional, se constata la conveniencia de difundir e incorporar a la reglamentación interna de los Poderes Judiciales que integran Cumbre Judicial, las ‘Guía práctica para la tramitación de exhortos civiles’ y la ‘Guía práctica para la tramitación de exhortos penales’, que se adjuntan al presente documento, así como los ‘Modelos de formularios de cooperación jurídica internacional.








Bibliografía:
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. (2013). En Instituto de Investigaciones Jurídicas. Consultado el 4 de febrero de 2016: http://info4.juridicas.unam.mx/adprojus/leg/10/346/
• Departamento de Derecho Internacional. Organización de los Estados Americanos. (1975). Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias. Consultado el 4 de febrero de 2016: http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/b-46.html
• Departamento de Derecho Internacional. Organización de los Estados Americanos. (1989). Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores. Consultado el 4 de febrero de 2016: http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/b-53.html
• Departamento de Derecho Internacional. Organización de los Estados Americanos. (1975). Convención Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero. Consultado el 4 de febrero de 2016: http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/b-37.html
• Siqueiros, J. (s/f). Síntesis del Derecho Internacional Privado. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Consultado el 4 de febrero de 2016: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/591/50.pdf • Tellechea, E. (2008). La Esencia del Derecho Internacional. En Revista Jurídica del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Consultado el 4 de febrero de 2016: http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/123.5/cnt/cnt39.html

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